Calculadora de aguinaldo 2026
Tu aguinaldo
¿Cuándo se paga el aguinaldo 2026?
La Ley Federal del Trabajo (artículo 87) dice que el aguinaldo se paga antes del 20 de diciembre. En 2026, el 20 de diciembre cae en domingo.
Si no trabajaste todo el año, te toca la parte proporcional al tiempo que trabajaste, aunque ya no trabajes ahí.
Cómo se calcula el aguinaldo
- Sueldo diario: el sueldo mensual se divide entre 30, el quincenal entre 15 y el semanal entre 7. Algunas calculadoras dividen el sueldo mensual entre 30.4; esta usa 30 (con $12,000 al mes: $400.00 contra $394.74 al día).
- Días de aguinaldo: al menos 15 días de salario por año (artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo). Tu empresa puede darte más.
- Proporción: si entraste este año, el resultado se multiplica por los días trabajados entre 365. Se cuentan los días desde tu fecha de ingreso hasta el 31 de diciembre, los dos incluidos.
- Parte exenta: hasta 30 UMA no pagan ISR (Ley del ISR, artículo 93, fracción XIV). En 2026, 30 UMA = $3,519.30 (UMA diaria: $117.31). Lo que pasa de ahí es la parte gravada.
Las dos formas de calcular el ISR
- Artículo 96 de la Ley del ISR: la parte gravada se suma a tu sueldo del mes y se aplica la tarifa mensual. El ISR del aguinaldo es la diferencia entre el ISR con aguinaldo y el ISR sin él.
- Artículo 174 del Reglamento de la Ley del ISR (opcional para tu patrón): la parte gravada se divide entre 365 y se multiplica por 30.4; ese monto se suma a tu sueldo del mes para sacar una tasa, y esa tasa se aplica a toda la parte gravada.
- Para el ISR, un sueldo quincenal, semanal o diario se pasa a mensual con 30.4 días.
Tarifa mensual de ISR 2026
| Límite inferior | Límite superior | Cuota fija | % sobre el excedente |
|---|---|---|---|
| $0.01 | $844.59 | $0.00 | 1.92 % |
| $844.60 | $7,168.51 | $16.22 | 6.40 % |
| $7,168.52 | $12,598.02 | $420.95 | 10.88 % |
| $12,598.03 | $14,644.64 | $1,011.68 | 16.00 % |
| $14,644.65 | $17,533.64 | $1,339.14 | 17.92 % |
| $17,533.65 | $35,362.83 | $1,856.84 | 21.36 % |
| $35,362.84 | $55,736.68 | $5,665.16 | 23.52 % |
| $55,736.69 | $106,410.50 | $10,457.09 | 30.00 % |
| $106,410.51 | $141,880.66 | $25,659.23 | 32.00 % |
| $141,880.67 | $425,641.99 | $37,009.69 | 34.00 % |
| $425,642.00 | En adelante | $133,488.54 | 35.00 % |
Fuente: Anexo 8 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026 (DOF 28/12/2025).
Preguntas frecuentes
¿Cómo se calcula el aguinaldo?
Divide tu sueldo mensual entre 30 para sacar tu sueldo diario y multiplícalo por tus días de aguinaldo (al menos 15). Si no trabajaste todo el año, multiplica además por los días trabajados entre 365. Con $12,000 al mes y 15 días, te tocan $6,000.00 brutos.
¿Cuántos días de aguinaldo me tocan por ley?
Al menos 15 días de salario por año, según el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo. Tu contrato o tu empresa pueden darte más, por ejemplo 30 días. Los trabajadores del gobierno federal reciben al menos 40 días.
¿Cuánto me toca de aguinaldo si no trabajé todo el año?
La parte proporcional a los días que trabajaste. Por ejemplo, si ganas $12,000 al mes y entraste el 1 de junio de 2026, trabajaste unos 7 meses (214 días hasta el 31 de diciembre): $400 × 15 × 214 ÷ 365 = $3,517.81.
¿Cuánto me toca de aguinaldo si gano $3,500 a la semana?
Tu sueldo diario es $3,500 ÷ 7 = $500. Con 15 días te tocan $7,500.00 brutos. De eso, $3,519.30 están exentos y el ISR estimado es de $769.99, así que recibirías unos $6,730.01.
¿El aguinaldo paga ISR?
Solo la parte que pasa de 30 UMA. En 2026 la UMA diaria es de $117.31, así que los primeros $3,519.30 del aguinaldo están exentos (Ley del ISR, artículo 93, fracción XIV). Si tu aguinaldo es menor, no te retienen ISR por él.
¿Por qué mi patrón me retuvo otra cantidad?
Tu patrón puede calcular la retención con el artículo 96 de la Ley del ISR o con el artículo 174 de su Reglamento, que en muchos casos retiene menos; las dos son válidas y la calculadora te muestra ambas. También cambia si en el mismo mes te pagan otras percepciones o te aplican el subsidio para el empleo, que esta página no incluye. Lo retenido es un pago a cuenta: el impuesto del año se ajusta en el cálculo anual.
¿Cuándo aplican los 40 días de aguinaldo?
Los 40 días son para los trabajadores al servicio del Estado (gobierno federal), según el artículo 42 Bis de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado. En una empresa privada el mínimo es de 15 días, salvo que tu contrato diga más.
¿Qué hago si no me pagan el aguinaldo?
Habla primero con tu patrón o con el área de recursos humanos. Si no te lo pagan, puedes pedir asesoría gratuita a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET).